Recordatorio: Presenta las declaraciones de 2019 y 2020 antes del 30 de septiembre para obtener la exención de la sanción COVID
El Servicio de Impuestos Internos ha recordado hoy a las personas y empresas en apuros, afectadas por la pandemia del COVID-19, que pueden acogerse a la exención de multas por presentación tardía si presentan sus declaraciones de 2019 y 2020 antes del 30 de septiembre de 2022.
Además de proporcionar alivio tanto a las personas como a las empresas afectadas por la pandemia, esta medida está diseñada para permitir que el IRS centre sus recursos en el procesamiento de las declaraciones de impuestos atrasadas y la correspondencia de los contribuyentes para ayudar a volver a las operaciones normales para la temporada de presentación de 2023.
"Hemos reflexionado detenidamente sobre el tipo de sanciones, el período cubierto y la duración antes de conceder esta exención de sanciones. Entendemos las preocupaciones planteadas por la comunidad fiscal y otros acerca de la fecha límite del 30 de septiembre para la exención de sanciones", dijo el Comisionado del IRS Chuck Rettig. "Dada la planificación para la próxima temporada de impuestos y el trabajo en curso sobre el inventario de las declaraciones de impuestos presentadas a principios de este año, este plazo de exención de multas del 30 de septiembre logra un equilibrio. Es crítico para nosotros no sólo proporcionar un alivio importante a aquellos afectados por la pandemia, sino que esta fecha límite también permite un tiempo adecuado para preparar nuestros sistemas y nuestras líneas de trabajo para servir a los contribuyentes y a la comunidad tributaria durante la temporada de presentación de 2023."
El relevo, anunciada el mes pasado, se aplica a la multa por no presentar la declaración. La multa suele ser del 5% mensual, hasta el 25% del impuesto impagado, cuando se presenta fuera de plazo una declaración del impuesto federal sobre la renta. Esta exención se aplica a los formularios de las series 1040 y 1120, así como a otros enumerados en el Aviso 2022-36publicado en IRS.gov.
Para cualquiera que se haya retrasado en sus impuestos durante la pandemia, esta es una gran oportunidad para ponerse al día. Para tener derecho a la ayuda, cualquier declaración de la renta elegible debe presentarse el 30 de septiembre de 2022 o antes.
Aquellos que presenten la declaración durante los primeros meses posteriores a la fecha límite del 30 de septiembre seguirán teniendo derecho a una exención parcial de la multa. Esto se debe a que, para las declaraciones presentadas después de esa fecha, la multa comienza a acumularse el 1 de octubre de 2022, en lugar de la fecha de vencimiento original de la declaración. Dado que la multa se acumula en función de cada mes o parte de mes de retraso en la declaración, si se presenta antes se limitarán los cargos aplicables.
A diferencia de la multa por no presentar la declaración, la multa por no pagar y los intereses seguirán aplicándose al impuesto impagado, basándose en la fecha de vencimiento original de la declaración. La multa por impago suele ser del 0,5% (medio punto porcentual) al mes. El tipo de interés es actualmente del 5% anual, compuesto diariamente, pero está previsto que ese tipo aumentar al 6% el 1 de octubre de 2022.
Los contribuyentes pueden limitar estos cargos pagando puntualmente. Para obtener más información, incluidos detalles sobre opciones de pago electrónico rápidas y cómodas, visite IRS.gov/pagos. Los cargos por multas e intereses generalmente no se aplican a los reembolsos.
El anuncio también proporciona detalles sobre la exención para los declarantes de determinadas declaraciones informativas internacionales cuando se impone una sanción en el momento de la presentación. No hay exención para las declaraciones informativas internacionales aplicables cuando la sanción forma parte de una inspección. Para poder acogerse a esta exención, toda declaración de impuestos que cumpla los requisitos deberá presentarse antes del 30 de septiembre de 2022.
La exención de sanciones es automática. Esto significa que los contribuyentes que cumplan los requisitos y que ya hayan presentado su declaración no necesitan solicitarla, y los que la presenten ahora no necesitan adjuntar una declaración u otros documentos a su declaración. En general, los que ya han pagado la multa están recibiendo devoluciones, la mayoría a finales de septiembre.
La exención de sanciones no está disponible en algunas situaciones, como cuando se presentó una declaración fraudulenta, cuando las sanciones forman parte de una oferta de transacción aceptada o de un acuerdo de cierre, o cuando las sanciones fueron determinadas definitivamente por un tribunal.
Esta exención se limita a las sanciones que el anuncio indica específicamente que pueden acogerse a ella. En el caso de las sanciones no subvencionables, como la sanción por impago, los contribuyentes pueden recurrir a los procedimientos de exención de sanciones existentes, como la solicitud de exención con arreglo a los criterios de causa razonable o el programa de reducción por primera vez. Visite IRS.gov/subsanación de sanciones para más detalles.
Esta exención no se aplica a las declaraciones de 2021. Tanto si tienen una prórroga como si no, el IRS insta a todo el mundo a presentar pronto su declaración de 2021 para evitar retrasos en la tramitación. En consejos de presentaciónvisite IRS.gov.