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Plazo de presentación electrónica, cobertura de sanciones y prórrogas - 1099, 1098, W-2G

  • Brickell Law Group 1395 Avenida Brickell Miami, FL, 33131 Estados Unidos (mapa)

📅🛑 31 de marzo de 2025 - Sanciones y opciones de prórroga para declaraciones informativas

La presentación de declaraciones informativas fuera de plazo, inexactas o incompletas puede dar lugar a sanciones civiles o penales en virtud del Código de Rentas Internas (IRC).
No obstante, el IRS ofrece la posibilidad de solicitar una prórroga mediante el formulario 8809.

⚖️ SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO

🧾 S anción civil - Sección 6721 del IRC

Esto se aplica si no presenta declaraciones informativas correctas en la fecha de vencimiento sin causa razonable.

  • Importe: Hasta 630 € por declaración para el ejercicio fiscal 2024.

  • Sanción máxima anual: Puede llegar a los millones para los grandes declarantes

  • Se aplica a:

    • No presentar el expediente

    • Presentación tardía

    • Presentación con NIF incorrectos o falta de información

    • Presentación de declaraciones en papel cuando se exige la presentación electrónica

💡 Escala gradual: Las sanciones pueden reducirse si la declaración se presenta en 30 días o antes del 1 de agosto.

🚨 Sa nción Penal - IRC Sección 7201

En caso de omisión deliberada o comportamiento fraudulento, pueden aplicarse cargos penales.

  • Acusación: Evasión fiscal

  • Sanción:

    • Multa de hasta 100.000 dólares para particulares (500.000 dólares para empresas)

    • Prisión de hasta 5 años

    • O ambos, más los costes de procesamiento

💡 Suele reservarse para actos intencionados, como eludir a sabiendas la declaración de la renta o presentar documentos falsos.

⏳ EXTENSIÓN DEL ARCHIVO

🧾 Formulario 8809 - Solicitud de prórroga para presentar declaraciones informativas.

Si se necesita más tiempo para presentar las declaraciones electrónicamente, se puede presentar el formulario 8809 para solicitar una prórroga.

  • Se aplica a:

    • Formularios 1099, 1098, W-2G, 3921, 3922, 5498 y otros

  • Plazo de presentación: Debe presentarse antes de la fecha límite original (es decir, el 31 de marzo de 2025 para los declarantes electrónicos).

⌛ ¿Cuánto tiempo concede?

  • Una prórroga automática de 30 días para la mayoría de las declaraciones informativas

  • Puede haber una segunda prórroga de 30 días, pero no es automática (requiere justificación)

💡 El formulario 8809 se puede presentar por vía electrónica o en papel, pero para los declarantes masivos es preferible la vía electrónica.

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31 de marzo

Titulares de bienes inmuebles y profesionales - 1099-MISC y 1099-S

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31 de marzo

Cuentas de ahorro y de jubilación - 1099-Q, 1099-R, 1099-SA